Europa Press (España), 27.04.2001
El Tribunal Supremo ha rechazado en una sentencia que el libro de la ex diputada Pilar Salarrullana ‘Las Sectas’ constituya una «agresión ilegítima contra el honor» del Partido Humanista, entidad a la que se dedicaba un espacio en dicha obra.
Según el alto tribunal, los hechos relativos a esta organización y a su secretario general divulgados por la escritora han de enmarcarse en el «ejercicio de su derecho fundamental a comunicar libremente la información». En 1994 un juzgado de Madrid desestimó la demanda que presentó el Partido Humanista contra la escritora Pilar Salarrullana y la editorial Temas de Hoy, empresa que publicó el libro ‘Las Sectas’.
Según la organización demandante, las menciones contenidas en la obra suponían una «agresión ilegítima» contra su honor. Por ello, pedían la retirada del libro y la prohibición de su publicación, una indemnización solidaria de la escritora y la editorial, así como que se publicara en los dos diarios de mayor difusión la sentencia que en su dictara.
El juzgado de Primera Instancia y, posteriormente, la Audiencia Provincial de Madrid desestimaron las pretensiones de los demandantes. No satisfecho con ello, el Partido Humanista recurrió en casación al Supremo alegando un único motivo, la vulneración del derecho al honor que protege la Constitución.
El alto tribunal, basándose en el fallo de la Audiencia de Madrid, distingue tres tipos de hechos en el libro: los ciertos, los que no están acreditados con certeza aunque existió diligencia de la autora en la comprobación de la veracidad, y los hechos erróneos pero de carácter circunstancial que no afectan a la esencia de la información.
Según describe la sentencia, los hechos relativos al Partido Humanista y a su secretario general divulgados en el libro ‘Las Sectas’ «deben ser «catalogados de veraces, ya que, respecto a una gran parte de esos hechos, se acreditó el ser ciertos, y en cuanto a otros, se cumplió con el especial deber de comprobar su veracidad a través de las oportunas averiguaciones y empleando la diligencia exigible».