EFE (España), Rebeca Palacios, 5.03.2022

El abogado penalista José Manuel Moratalla ha alertado a Efe de las «dificultades jurídicas» para condenar a los líderes sectarios, porque en España no existe una tipología penal concreta para la persuasión coercitiva.

Moratalla ha intervenido este sábado en el VII Encuentro Nacional sobre Sectas, organizado en Logroño por la Asociación Iberoamericana para la Investigación del Abuso Psicológico (AIIAP), con el apoyo de EducaSectas y los Colegios Oficiales de Psicólogos de Cataluña y La Rioja.

Este letrado catalán, quien ha disertado sobre la tipología penal en los delitos sectarios, ha profundizado en las lagunas legales del sistema judicial español para conseguir sentencias condenatorias en estos casos.

«Los abogados que ejercemos la acusación particular nos encontramos con dificultades para demostrar las implicaciones y el alcance de los medios coercitivos ejercidos en el cambio de pensamiento de las víctimas dentro de un grupo sectario», ha detallado.

En este sentido, ha apuntado que el Código Penal español no ha tipificado como delito la persuasión coercitiva y solo puede penar las «derivas» de estas actuaciones, como agresiones y abusos sexuales, delitos contra el patrimonio y estafas.

Ha precisado que, tras la «multitud» de casos ocurridos en los últimos años, en Francia se ha legislado más sobre estas situaciones y se ha avanzado mucho más que en España.

Esta falta de legislación no anima a las víctimas de grupos sectarios que «se aventuran» a presentar una denuncia, ha reconocido, «ante la dificultad que supone probar ante un tribunal que han sido sometidas a las directrices y dogmas de un líder».

Ante esta «dificultad», muchas de las víctimas «deciden dar un paso a un lado y no presentar una denuncia», ha indicado, a lo que se suma «la vergüenza que entraña explicar sus vivencias, porque no hay juzgados ni fiscales especializados en estos grupos».

Por ello, ha constatado que las víctimas se sienten «desoladas» y muchas prefieren no ser parte acusatoria en los procedimientos judiciales.

Ante el «aumento progresivo» de estos grupos sectarios, Moratalla ha demandado una modificación del Código Penal, ya que durante la pandemia han proliferado y suponen «un fenómeno importante» en la sociedad española, por lo que cree que se debería legislar sobre este asunto.

En 2018, este abogado defendió a las víctimas de un grupo coercitivo liderado en Sabadell por un hombre conocido como el «falso homeópata» y logró una sentencia que no le condenó por ejercer persuasión coercitiva, pero sí a una pena de 23 años de prisión por delitos de carácter sexual.

En este sentido, ha apuntado la «importancia de la instrucción» judicial en una causa de este tipo y contar con un juez instructor que «se implique» en el asunto y practique las diligencias que interesan a las partes.

«Las víctimas han sufrido lo que se conoce popularmente como un ‘lavado de cerebro’, hacen algo que no quieren hacer (en ese grupo sectario), pero no hay violencia, coacción ni intimidación», ha relatado.

Cuando una víctima se anima a denunciar, los abogados defensores de estos líderes sectarios suelen argumentar que todas las actividades que se desarrollaban en los retiros espirituales o en las consultas de terapias eran «totalmente voluntarias» y que no se obligaba a nadie a realizar determinadas conductas, como las de carácter sexual, ha explicado.

Este abogado ha citado una sentencia de la Audiencia de Barcelona de diciembre pasado, que condenó a la televisiva vidente Pepita Villalonga a dos años y medio de prisión por un delito continuado de estafa a una mujer que le pagó más de 30.000 euros por la realización de unos rituales mágicos y esotéricos «para salvarle la vida».

El tribunal también le inhabilitó durante dos años y medio a ejercer actividades relacionadas con el esoterismo, ya que la condenada «aprovechó la fragilidad y vulnerabilidad de la víctima, quien acudió a la vidente porque había tocado fondo» y se demostró que hubo «un lavado de cerebro» hacia la mujer estafada, ha precisado.