Entorno Intenligente (Chile), 26.08.2014

Tres años de presidio menor en su grado medio será la máxima de las penas que el Ministerio Público ofrecerá a seis de los seguidores de Ramón Castillo Gaete −autodenominado «Antares de la Luz»− por el crimen de un lactante de 3 días que fue quemado en una hoguera en noviembre de 2012 en el cerro Colliguay.

Esto, luego de varias conversaciones entre la Fiscalía y las defensas para evitar llegar a un juicio oral y lograr un procedimiento abreviado que finalmente se concretará el próximo 8 de septiembre a las 9:00 horas ante del Juzgado de Garantía de Quilpué.

En la instancia, según confirmaron a Emol fuentes conocedoras del caso, el fiscal Juan Emilio Gatica recalificará los hechos y acusará a todos los imputados por el delito de homicidio calificado en calidad de encubridores, cambiando la figura penal de cómplices que hasta ahora pesaba sobre los jóvenes. Asimismo, se les considerará a todos las atenuantes de irreprochable conducta anterior y colaboración sustancial en la investigación, por lo que ninguno deberá cumplir pena efectiva, es decir, en la cárcel.

De esta manera, David Pastén, María del Pilar Álvarez y Carolina Vargas podrán aceptar los cargos a cambio de una rebaja en la condena que en el caso de ellos corresponde a 3 años de presidio remitido, es decir, deberán firmar periódicamente ante la unidad designada por el tribunal.

Josefina López, en tanto, podrá optar a la pena de 800 días, mientras que Karla Franchy lo haría por una condena de 2 años bajo la misma modalidad que los anteriores.

Por su parte, la joven artesana que acompañó a Castillo Gaete en Perú en sus últimos días antes del suicidio, Francisca Ceroni, recibirá 541 días de presidio remitido si en el juicio abreviado reconoce los hechos por los cuales fue formalizada.

Fiscalía estudia llevar a juicio oral a principales imputados 

Mientras, el fiscal Juan Emilio Gatica aún no tiene claridad respecto al estado mental de los dos principales imputados en la causa, quienes podrían llegar a juicio oral por delitos de parricidio, en el caso de Natalia Guerra y madre del menor, y homicidio calificado en calidad de autor respecto a Pablo Undurraga, quien en la escala jerárquica de la secta sucedía a «Antares de la Luz» y era  la persona de confianza del profesor de música.

Lo anterior, sólo será resuelto una vez recibidos los resultados de los últimos peritajes psiquiátricos que establecerán si ambos jóvenes sufren alguna patología que pueda declararlos inimputables o bien, pueden enfrentar un proceso judicial por el crimen del recién nacido.

Si se confirma lo primero, entonces el Ministerio Público solicitará medidas de protección por considerar que su libertad es un peligro para la seguridad de la sociedad y por tanto, deberán someterse a tratamiento psiquiátrico en un recinto acondicionado para tales efectos.

Pero si los últimos estudios arrojan que Undurraga y Guerra no presentan alteraciones psicológicas, el Ministerio Público podrá acusar y llevarlos a juicio oral, arriesgando la mujer una pena probable que va desde los 15 años y un día, y un castigo superior a los diez años de cárcel en el caso del joven.