0223 (Argentina), 13.102.204
Al pedido que el abogado Simón Serrano realizó el pasado 13 de junio se había sumado una presentación del Ministerio Público Fiscal el 16 de agosto. Sin embargo, las fuentes judiciales consultadas por 0223, confirmaron que el Tribunal rechazó la misma el mes pasado.
«Las victimas siguen sin respuestas. La Agencia de Administración de Bienes del Estado y el Fondo Fiduciario de Asistencia a las Victimas de Trata, no dan respuestas a los requerimientos judiciales», explicó el profesional a este medio.
Los pedidos se hicieron a dos años de que el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata condenara a Silvia Cristina Capossiello, Sinecio de Jesús Coronado Acurero y Luis Antonio Fanesi a penas de 25, 14 y 6 años de prisión respectivamente como integrantes de una secta que explotó laboralmente, redujo a la servidumbre y cometió abusos sexuales.
A la espera de la firmeza de la condena impuesta, recientemente confirmada por la Cámara Federal de Casación Penal, la preocupación es por la falta en el pago de las indemnizaciones provisorias asignadas y el estado que tienen los bienes decomisados: dos departamentos en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, un vehículo Alfa Romeo 145 y dos motorhome Mercedes Benz.
Hace cuatro meses el profesional había pedido que se intime a la Agencia de Administración de Bienes del Estado para que responda las consultas solicitadas y también para que se aclare porque las víctimas aún no han cobrado el salario mínimo vital y móvil asignado provisoriamente como parte de su indemnización.
“No escapará del conocimiento de VV.EE. que mis representados son personas hipervulnerables, que no tienen las facilidades que cualquiera de nosotros podemos tener para acceder a trabajos dignos, de modo que el dinero que reciban como consecuencia de las indemnizaciones dispuestas en autos resulta crucial para su subsistencia”, señaló.
El profesional sostuvo que dos de las víctimas –madre e hija- viven de “prestado” en casa de algunos parientes y que no han conseguido desde la salida de la secta un trabajo estable. “En el caso de otro hombre, se le quitó recientemente el subsidio habitacional que tenía, que le cubría la mitad de su alquiler en la ciudad Autónoma de Buenos Aires”, indicó.
“No podemos permitir que una Agencia Estatal, a la que se le encomienda provisoriamente la administración de los bienes decomisados en autos, se demore dos meses para contestar un pedido de informes tan sencillo como explicar qué hicieron – o qué están haciendo – con las propiedades entregadas a su custodia. Creo yo que no es tan difícil”, argumentó.
La condena
Silvia Cristina Capossiello, Sinecio de Jesús Coronado Acurero y Luis Antonio Fanesi fueron hallados culpables del delito de «trata de personas con fines de explotación laboral y reducción a la servidumbre», como miembros de una organización que funcionó desde 1970 en Venezuela y Argentina, hasta que fue desarticulada en julio de 2018, en su sede del Hotel City, en pleno centro marplatense.
En el caso de Capossiello -pareja de Eduardo Nicosia, quien fue el líder y fundador de la secta fallecido en enero de 2021- fue sentenciada como coautora de ese delito, mientras que Coronado Acurero, de nacionalidad venezolana, fue condenado como partícipe necesario, y Fanesi como partícipe secundario.
La acusada fue hallada culpable, además, en calidad de partícipe necesaria de «violación reiterada agravada y abuso deshonesto» sufrida por integrantes de la secta, entre ellas hijas del líder religioso, y también de «hacer incierto y alterar la identidad de menores de 10 años» y «falsedad ideológica de instrumento público».
Según la acusación de la fiscalía, en ese contexto de explotación Nicosia sometió a integrantes de la congregación y a los miembros de su grupo familiar a delitos contra la integridad sexual. Esas conductas, entendió el MPF, las llevó a cabo con la complicidad de su entonces pareja y condenada en este juicio, mediante engaños, falsas promesas, fuerza, violencia, abuso de situaciones de vulnerabilidad, y valiéndose de su figura de líder religioso y/o espiritual y obteniendo a partir de ellos un consentimiento viciado.