Libertad Digital (España), 20.02.2024

«El artículo titulado Los testigos de Jehová desde dentro: «La gente se suicida, per lo tiene todo muy escondido (publicado el 30 de diciembre de 2023) contenía información gravemente inexacta sobre hechos relacionados con las creencias y prácticas religiosas de los testigos de Jehová, una sentencia judicial relativa a una asociación de ex Testigos dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Torrejón de Ardoz el 5 de diciembre de 2023, y el señor Carmona, secretario de dicha asociación.

El artículo menciona erróneamente que «la sentencia judicial reconoce a los exadeptos como ‘víctimas’ de una secta destructiva». La sentencia no hizo ningún reconocimiento de hechos, y sólo dictaminó que, según la opinión de esta única jueza, la libertad de expresión protege el uso de tales expresiones o calificaciones. Esta sentencia ha sido recurrida.

De hecho, el mismo Juzgado de Primera Instancia número 2 de Torrejón de Ardoz dictó otra sentencia el 27 de octubre de 2023 contra el propio señor Enrique Carmona, entrevistado en el artículo. El señor Carmona fue condenado a pagar 5.000 euros por calificar de «secta peligrosa» a los testigos de Jehová. El tribunal dictaminó que «la expresión ‘secta’ posee una connotación negativa que puede ser dañina para la fama y credibilidad del demandante, puesto que la información u opinión […] se basa en un hecho que es inexacto, ya que los Testigos Cristianos de Jehová son una confesión religiosa inscrita en […] el Registro de Entidades Religiosas que se lleva en el Ministerio de Justicia, de modo que estamos ante una confesión legítimamente reconocida en nuestro país como muchas otras. Luego, catalogar[la] como una secta deviene erróneo desde el momento en que […] implica atribuirla unos rasgos perniciosos o nocivos a diferencia del resto de confesiones religiosas legalmente establecidas en España».

En el artículo, el Sr. Carmona alega que «venido normas nuevas y que tenía que dejar de hablar con mi padre porque […] fue expulsado. […] me querían obligar a romper toda relación con él y a no llevarle a mis hijas para que las viera». Esto no es exacto. La ex mujer del Sr. Carmona declaró oralmente y por escrito al tribunal: «Respecto al padre de Enrique Carmona, con el tiempo decidí reducir el trato con él por mi propia conciencia y porque esta persona no era buena influencia. […] Pese a ello, yo nunca impedí que Enrique fuera a ver a su padre y se llevara a nuestras hijas con él siempre que quiso. En ningún momento ningún testigo de Jehová me forzó a no tener trato con el que fuera mi suegro […]. De hecho, hay muchos amigos familiares testigos que tenían trato asiduo con enrique y su padre a pesar de que ellos ya no lo eran, como su madre, sus tíos, sus primos y otros miembros de la congregación». La hija y las sobrinas del Sr. Carmona aportaron testimonios similares.

Esto coincide con lo que explica el sitio web oficial de los testigos de Jehová: «¿Qué sucede si un hombre es expulsado, pero su esposa y sus hijos siguen siendo testigos de Jehová? Aunque la relación espiritual entre ellos haya cambiado, los lazos familiares permanecen. Su relación con su cónyuge, así como el trato afectuoso normal entre padres e hijos, continúa como de costumbre. Quienes han sido expulsados pueden asistir a nuestros servicios religioso y, si lo desean, recibir la ayuda espiritual que brindan los ancianos de la congregación».

El artículo afirma también que existen «unas normas escritas en un libro que es secreto» y que «los testigos de Jehová no conocen el reglamento por el que se rigen cuando le hacen un comité (judicial)». Esto es sumamente inexacto. Una persona que desee bautizarse debe realizar primero un estudio en profundidad de la Biblia, en la que se basan las creencias y prácticas religiosas. El manual de la biblia incluye más de 60 lecciones con referencias y enlaces a otros vídeos o publicaciones religiosas. Los testigos de Jehová pueden acceder a toda la información a través de la revista La Atalaya y otras publicaciones religiosas, la mayoría de las cuales están disponibles gratuitamente en papel y en línea en su sitio web oficial, jw.org.

Las acusaciones de «control excesivo» y de «aislamiento y segregación social» son claramente inexactas. El TEDH ha dictaminado en múltiples ocasiones que los testigos de Jehová son una «religión bien conocida», que sus normas […] no difieren de las similares limitaciones que otras religiones imponen a la vida privada de sus seguidores» y que «nadie […] es obligado, convencido o presionado a seguir mandatos religiosos en contra de su voluntad». De hecho, este tribunal internacional ha condenado al gobierno ruso por difundir información semejante.

En el artículo, el señor Carmona también dice: «El ensañamiento hacía los que se marchan llega a ser insoportable y muchos optan por no seguir viviendo. Tal cual, la gente se suicida. Pero ellos lo tienen todo muy escondido».

Esta declaración es totalmente difamatoria. No se aporta ninguna prueba objetiva de la veracidad de esta acusación. De hecho, no existe ninguna evidencia ni estudio psicológico ni informe policial que relacione un suicidio acontecido en España con el hecho de que la víctima hubiera pertenecido a la confesión religiosa de los testigos de Jehová».